mié. Jul 3rd, 2024


Este tipo de declaraciones son creadas por la autoridad fiscal para recabar la mayor información posible de las empresas o personas físicas, incluyendo la información de los ingresos que generan de acuerdo con su actividad económica. Con el propósito de obtener un resumen de todas las operaciones que se realizaron durante el año fiscal para investigar posibles discrepancias o fraudes. El no presentarlas puede llevar algún problema con la autoridad fiscal.

A continuación te indicamos los Tipos de declaraciones informativas:


1.- Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)

Presenta la información sobre el pago, la retención, el acreditamiento y el traslado del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las operaciones hechas con cualquier proveedor(artículo 32.° de la Ley del IVA).

2.- Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (Multi-IEPS)

La realizan las personas físicas y morales en materia de bienes producidos, vendidos o importados y su respectivo consumo, así como sobre los servicios que ofrecen. Se presenta por vía electrónica hasta el 31 de marzo de cada año.

3.- Declaración Informativa de Operaciones Relevantes (DIOR)

Esta declaración la realizan las empresas y tiene que indicar las operaciones relevantes que la empresa tuvo durante el periodo a declarar y que de acuerdo a el Código Fiscal de la Federación (CFF), son :

  • Reorganización y reestructuras.
  • Operaciones con partes relacionadas.
  • Participación en el capital y residencia fiscal.
  • Operaciones financieras de acuerdo a los artículos 20.° y 21.° de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Se presenta a partir de el último día del mes de agosto del año fiscal y la fecha limite es a finales de noviembre.

4.- Declaración Informativa Múltiple (DIM)

Es la declaración informativa de las personas a las que se les retuvieron el ISR, el IVA o el IEPS en el ejercicio anterior y de las operaciones por medio de fideicomisos y con partes relacionadas. La fecha límite es el 15 de febrero.

5.- Declaración Informativa de las Entidades Extranjeras Sujetas a Regímenes Fiscales Preferentes (Refipres)

Se debe presentar durante el mes de febrero de cada año y va dirigida a aquellas

Es para aquellas personas físicas o morales residentes en México o en el extranjero con establecimiento permanente en México. Se tiene que declarar los ingresos generados:

  • Depósitos
  • ahorros o inversiones.

Conclusiones 

Las personas físicas o morales deben cumplir con las declaraciones informativas que les correspondan, omitirlas podría con llevar multa, infracción e incluso una penal.

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